Ficha técnica sobre pueblos indígenas

 

Problemática

Situación General.

Los pueblos indígenas en México siguen siendo objeto de discriminación estructural, sistemática, institucional y social; así como inseguridad y violencia; esta problemática histórica se complejiza en razón a la identificación de un marco de políticas y reformas estructurales que privilegian los intereses de los actores privados en detrimento de los derechos de personas, pueblos y comunidades indígenasFOOTNOTE: Footnote. Los pueblos indígenas son una de las poblaciones más afectadas por la pobreza y marginaciónFOOTNOTE: Footnote lo que en varios casos redunda en violaciones sistemáticas a sus derechos fundamentales como a la alimentación, saludFOOTNOTE: Footnote, educación, vivienda, acceso al agua, entre otros. La falta de respeto a su derecho a la autonomía, libre determinación, territorio, medio ambiente y el derecho al consentimiento, en el marco de megaproyectos continúa siendo una de las principales problemáticas que les afecta, pues no sólo se pone en duda su derecho ancestral a la tenencia de la tierra y en general sus derechos como pueblos indígenas, sino que se anteponen a estos una estrategia generalizada de despojo para favorecer sólo intereses particulares.

Además de este contexto, la violencia e impunidad que se vive en el territorio mexicano, así como la militarización existente en varias de las comunidades indígenas, ha vuelto a la población indígena en víctimas constantes de graves violaciones a derechos humanosFOOTNOTE: Footnote, siendo un factor común de cualquier persona indígena que exige justicia, la obstaculización y falta de acceso a la misma. La población indígena enfrenta una gran violencia estructural que se intensifica en el ámbito del acceso a la justicia: detenciones arbitrarias (en las que se incluyen prácticas de tortura), aplicación excesiva de prisión preventiva (en Oaxaca, uno de los estados con mayor población indígena, el 97.4% de ellos se encuentra bajo esta medida cautelar), falta de asistencia de intérpretes durante sus procesos, falta de acceso a una defensa adecuada y condiciones indignas de reclusión, son algunas de las violaciones que el Estado comete en contra de sus derechos humanos. En varios casos aún con sentencias firmes sus reclamos no son escuchados, pues depende de la buena voluntad de las autoridades su cumplimiento sin que existan garantías reales para hacerlas efectivas.

A este contexto se suma el uso de la violencia para la imposición de los megaproyectos en los territorios indígenas, en donde el Estado hace uso incluso de las fuerzas policiales y militares para la implementación autoritaria de los megaproyectos. En zonas de conflicto, como el estado de Guerrero, también se ven involucradas con las organizaciones de la delincuencia organizada, las cuales a su vez se encuentran coludidas con las empresas y autoridades. Por ello, a pesar de la inseguridad, los megaproyectos suelen operar en territorios de menor gobernabilidad. Por si fuera poco, cuando existe movilización y protesta por la defensa del territorio por parte de las personas líderes indígenas y comunitarios se enciende automáticamente un mecanismo de amenazas, criminalización, judicialización, hostigamiento, vigilancia, agresiones, encarcelamientos ilegales, corrupción de medios de comunicación locales, entre otras violaciones a los derechos humanos, que son impulsadas tanto por autoridades locales como federales. Con ello se busca desincentivar a los pueblos indígenas para que acepten los megaproyectosFOOTNOTE: Footnote.

Por otra parte, el derecho a la libre determinación de los pueblos continúa siendo afectado ante la constante criminalización y judicialización de diversos líderes indígenas que ante la impunidad y corrupción existentes han buscado la reivindicación de sus derechos mediante sus sistemas normativos y de justicia, trayendo como resultado una persecución desproporcionada del Estado, contrario, a lo establecido en tratados internacionales y en recomendaciones internacionales como las que fueran señaladas en el EPU del 2013.

 

PREGUNTAS AL ESTADO MEXICANO

 

  • ¿Por qué existe un gran número de sentencias federales y locales a favor de los derechos de los pueblos incumplidas por parte de las autoridades mexicanas? ¿Con qué medidas cuenta el Estado mexicano para hacer efectivas las sentencias que reconocen los derechos de los pueblos indígenas? y ¿con qué mecanismos legales efectivos cuenta la población indígena ante el incumplimiento de sentencias federales y locales? y ¿cómo aseguran un verdadero acceso a estos por parte de la población indígena?
  • ¿Qué acciones y planes ha realizado el Estado mexicano para respetar e incorporar el sistema de justicia comunitario a nivel nacional y federal, incluyendo a las policías comunitarias, los juzgados indígenas y todas las formas de solución de conflicto propias de los pueblos indígenas?
  • ¿Por qué la cifras de falta de acceso a derechos básicos como alimentación, educación, salud y acceso al agua de las comunidades y pueblos indígenas sigue en aumento? ¿Qué acciones ha efectuado el Estado mexicano para atender estas problemáticas y a qué se debe que las mismas no sean eficaces?
  • ¿Qué acciones y planes ha realizado el Estado mexicano para respetar el derecho a la autonomía, libre determinación y territorio de los pueblos indígenas frente a la explotación de sus recursos naturales? ¿Qué acciones y planes ha realizado el Estado mexicano para proteger de manera colectiva los defensores comunitarios de los pueblos indígenas?
  • ¿Cuál es la razón por la que existe un uso abusivo de la prisión preventiva en contra de la población indígena?

 

RECOMENDACIONES

1. Garantizar que el centro de los derechos de los pueblos indígenas emana en el respeto a su autonomía y a la libre determinación.

2. Generar mecanismos que permitan el reconocimiento y respeto de los sistemas de justicia comunitaria y otras formas de solución de conflictos de los pueblos indígenas basados en su derecho a la libre determinación de los pueblos..

3. Urgir al Estado a respetar, reconocer y proteger la propiedad comunal de los territorios indígenas, a través de la delimitación de sus tierras y territorios y el otorgamiento de títulos a las comunidades indígenas quienes ejercen posesión ancestral de sus territorios y la propiedad colectiva, mismos que hasta el momento no son reconocidos en el ámbito fáctico y mucho menos en el legal. Así como la remoción de los obstáculos que pudieren existir que les impidan el pleno goce de sus derechos a la tierra y el territorio.

4. Priorizar el respeto y resguardo de los territorios indígenas frente a la ley minera y la reforma energética, implicando su revisión tendiente a la derogación de aquello que atente contra los derechos de los pueblos indígenas.

5. Desmilitarizar las regiones indígenas.

6. Establecer que la consulta no es un fin en sí mismo sino un medio para ejercer su libre determinación, participar en el diseño de políticas públicas que se aplican en sus comunidades y territorios, y vivir según sus propios sistemas sociales, culturales, normativos, y económicos, en un país pluricultural.

7. Señalar la necesidad de que las dependencias del Gobierno Federal se abstengan de otorgar o procedan a suspender y cancelar concesiones mineras o de aguas, licencias de construcción de obras de infraestructura o turísticas, permisos de aprovechamiento forestal, declaración de Áreas Naturales Protegidas, entre otros, que impacten territorios indígenas, si no se cuenta con estudios de impacto ambiental y comunitario, con perspectiva sistémica y con el consentimiento expreso de las comunidades afectadas otorgado conforme a los estándares internacionales.

8. Se prohíba la realización de traslados o reubicación de comunidades sin su previo consentimiento y acuerdo sobre una indemnización justa y equitativa que tome en cuenta las afectaciones materiales e inmateriales y, siempre que sea posible, garantizarles la opción de retorno.

9. Exhortar a las autoridades encargadas de autorizar proyectos que puedan causar impactos ambientales (SEMARNAT y la Agencia Nacional de Seguridad, Energía y Ambiente, ASEA) que cumpla con la obligación constitucional e internacional de respetar el derecho a la consulta previa y consentimiento libre, previo e informado a pueblos indígenas cuando proyectos afecten sus territorios y abstenerse de aprobarlos cuando éste proceso no se haya cumplido.

10. Invalidar las adquisiciones de terrenos ejidales o comunales obtenidos como producto de acuerdos de asambleas declaradas nulas o en proceso de revisión judicial.

11. Garantizar el Estado pluricultural de derecho, adoptando medidas legislativas, administrativas y de cualquier otro carácter, para tendiente a otorgar validez y aplicabilidad a los sistemas normativos de los pueblos indígenas y comunidades equiparables, priorizando la aplicación de éstos frente a las normas estatales en sus territorios.

12. Garantizar el acceso a la justicia y a un remedio efectivo, a todas las personas y comunidades que han sido víctimas de violaciones a los derechos humanos individuales y colectivos, de manera que se supere la impunidad, garantizando el respeto al debido proceso y de manera especial, la imparcialidad, independencia y capacidad de jueces y tribunales, como elementos esenciales para prevenir la ocurrencia de nuevas violaciones y promover garantías de no repetición.

13. Suspender y cancelar toda concesión, licencia o permiso otorgado para el aprovechamiento de bienes naturales o la implementación de cualquier proyecto de desarrollo en donde se evidencien agresiones a defensores indígenas y representantes comunitarios.

14. Activar un mecanismo urgente y eficaz para brindar protección a las mujeres y hombres indígenas, así como comunidades que están siendo agredidos, amenazados o desplazados a causa de la defensa de sus derechos o de la delincuencia organizada, evitando su revictimización, acompañado de una estrategia para terminar con la impunidad de los responsables.

15. Propiciar un proceso de consulta sobre las legislaciones que afectan los derechos de los pueblos indígenas a fin de que se pueda definir su constitucionalidad y se puedan construir políticas consensuadas para el respeto de los mismos.

16. Que cese la criminalización y persecución a los dirigentes comunitarios que buscan la reivindicación de sus derechos.

17. Generar un mecanismo de control efectivo de las detenciones de personas indígenas con base en los estándares internacionales más amplios de protección.

18. Generar mecanismos en los que se garantice el cumplimiento del principio pro persona y el control de convencionalidad, principalmente en resoluciones vinculadas con la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva.

19. Capacitar a los operadores(as) de justicia en la implementación de estándares de protección de los derechos humanos de las personas indígenas privadas de libertad.

 

DATOS DE CONTACTO

Organización: Centro Mexicano de Derecho Ambiental A. C. (CEMDA)

Teléfono: +52 55 52863323

Dirección: Atlixco 138, Col. Condesa, Delegación Cuauhtémoc, CP. 06145, Distrito Federal, México.

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